LA OBLIGATORIEDAD DE LA TRADUCCIÓN EN LOS PROCESOS JUDICIALES

Si hay algo que regule las relaciones comerciales en la actualidad son los acuerdos mercantiles y los contratos de actividad que se establecen entre una empresa y todos sus colaboradores, entre los que se encuentran otras empresas, particulares y entidades públicas. Para lograr un desarrollo ético, justo y provechoso para todas las partes, estas deben convenir una serie de disposiciones y protegerlas jurídicamente mediante un documento legal. De este modo, las partes sabrán en todo momento qué es lo que se espera de ellas, cómo deben actuar, a quién deben acudir ante determinadas circunstancias y, por supuesto, a qué riesgos se exponen en caso de incumplir alguna de dichas disposiciones. Para este fin, existen los citados acuerdos de colaboración, que adoptan otros nombres distintos en función del contexto en el que se enmarquen. Así pues, cuando se produzca una situación de conflicto, las partes podrán consultar dichas disposiciones pactadas y, en caso de detectar un incumplimiento, actuar unilateralmente o bien recurrir al instrumento judicial. Esta es la realidad del mercado contemporáneo y ninguna empresa empezaría hoy por hoy su andadura sin contar con un buen asesoramiento en cuestiones legales, así como en asuntos relacionados con el análisis de riesgos y la viabilidad de cumplir los términos y condiciones de dichos acuerdos.

Aun así, los conflictos pueden producirse en cualquier momento y en todo tipo de circunstancias. Uno de los que más complicaciones burocráticas puede generar es, sin duda, cuando el conflicto se produce entre empresas que pertenecen a países distintos o, más concretamente, que hablan idiomas diferentes. Normalmente, para que las relaciones entre dichas dos empresas hipotéticas se pueda desarrollar correctamente, deberá existir una lengua de comunicación vehicular entre ellas. Sin ir más lejos, los acuerdos siempre se redactan en una lengua original que debe traducirse a las lenguas necesarias para que el resto de partes entiendan su contenido, si bien la versión que tiene poder jurídico será siempre la versión final. Esto nos lleva a preguntarnos: ¿La documentación generada como consecuencia de un proceso judicial debe traducirse o es solo una opción? ¿Está obligada la parte demandante a asumir los costes de traducción de dicha documentación? ¿Existe un marco jurídico que regule estas cuestiones? ¿Se considera válido cualquier tipo de traducción? En este artículo, le daremos una respuesta a esta serie de interrogantes.

Como comentábamos, puede darse el caso de que una empresa decida interponer una demanda contra una parte que se encuentre en un país donde se hable un idioma diferente. Esto nos lleva a preguntarnos si, efectivamente, la demanda debe interponerse en un segundo idioma. Lo cierto es que la demanda debe interponerse en el idioma del organismo donde se vaya a procesar, por lo que si se va a presentar en España deberá estar redactada en español, considerándose este documento como el documento original. Por supuesto, dada la circunstancia de que la contraparte habla otro idioma, es imperativo aportar una versión traducida de la demanda para que esta pueda tener acceso a toda la información y entender qué se está denunciando, cuáles son las pretensiones del demandante y los plazos de actuación. Esto viene recogido en el artículo 265, 1. 1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este texto, como no podría ser de otra manera, no se aplica únicamente a la demanda en cuestión, sino también a todos los documentos que vayan a aportarse durante el proceso judicial, sobre todo los denominados «documentos probatorios», que incluyen albaranes, facturas, contratos, etc.

En el caso de que estos documentos estén redactados en una lengua extranjera y deban presentarse a una parte hispanohablante en España, estos deberán traducirse al español o a la lengua oficial de la Comunidad Autónoma donde se presente la demanda, como se explica en el artículo 144 de la citada Ley de Enjuiciamiento Civil. Pero ¿no resulta algo obvio? Pues curiosamente ha sido necesario redactar un marco jurídico regulatorio porque hasta hace no mucho se daban numerosos casos en los que una de las partes de un proceso civil y mercantil aportaba como prueba documentación redactada en una lengua distinta, lo que imposibilitaba la compresión y posterior valoración de los órganos judiciales.

Lo más importante es que la ley dictamina que los documentos redactados en una lengua extranjera que no estén traducidos carecerán de fuerza probatoria, por lo que no tendrán ninguna validez en el proceso. Esto es una información que deben conocer todas las empresas que formen parte de un proceso judicial para poder aportar toda la información pertinente. Ahora bien, ¿quién corre con los gastos de esas traducciones?

Cabría preguntarse si somos nosotros los que tenemos que pagar la traducción de una demanda dirigida a un destinatario que hable una lengua diferente. Pues, en una primera instancia, la justicia dice que sí, reservándose la posibilidad de que posteriormente se revise la responsabilidad de dichos gastos. Más recientemente, una sentencia del Tribunal de Justicia, enmarcada en un caso de solicitud de justicia gratuita, dictaminó que dicha justicia gratuita debe comprender también los gastos de los servicios lingüísticos necesarios para el proceso. Esto también es una información de gran relevancia, pues según la ley el demandado residente en el extranjero podría negarse a aceptar el documento de notificación cuando este no esté redactado en su propia lengua. Como hemos observado, los procesos judiciales que involucren a partes residentes en el extranjero y que hablen una lengua distinta precisan necesariamente de los servicios lingüísticos para poder poner en marcha correctamente el mecanismo judicial.

Por todo ello, una empresa que valore sus relaciones comerciales internacionales deberá contar con un proveedor de servicios lingüísticos especializado en la rama jurídica, sobre todo porque los organismos judiciales pueden desestimar aquellos documentos cuya traducción parezca incorrecta, defectuosa, ambigua o inspire poca confianza. Una agencia de traducción con especialistas en traducción jurídica es el aliado perfecto para la estrategia comercial de cualquier empresa con vista a la internacionalización. En Montero Language Services, contamos con un directorio de traductores y traductoras profesionales especializados en este ámbito, conocen a la perfección la terminología propia de los procesos judiciales e imprimen la máxima calidad en los proyectos en los que participan.

 

Ref. de la imagen: https://www.wklaw.com/found-guilty-not-the-end/

¡Comparte!